La aprobación de la reforma laboral culmina la mayor agresión al Derecho del Trabajo desde su nacimiento
Entre las enmiendas introducidas en el Congreso y que, según la oposición "profundizan en sus aspectos más negativos", se encuentra la reducción a un año de la prórroga indefinida de los convenios colectivos no renovados que en el texto original era de dos años. Esta modificación hace los trabajadores puedan verse en una delicada situación de desprotección ante el empresario al carecer de un acuerdo que regule sus condiciones laborales. La diputada Concha Gutiérrez del Castillo, portavoz del PSOE en la Comisión de Empleo del Congreso aseguró a Público.es que en los cuatro primeros meses de 2012 se ha visto una "bajada muy espectacular" del ritmo de firma de convenios.
La tramitación parlamentaria de la Ley proveniente de la convalidación del RDL 3/2012, ha finalizado hoy con la aprobación en el Congreso de la nueva ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, reforzando la gravísima agresión provocada por el citado RDL en los derechos laborales de los trabajadores, no sólo en los de carácter individual sino principalmente en los colectivos, que, desde el nacimiento del Derecho laboral, han actuado como elemento corrector de los desequilibrios entre empresario y trabajador, constituyendo los instrumentos básicos para la consecución de la igualdad real entre las partes del contrato.
En efecto, las modificaciones introducidas en el RDL en su tramitación parlamentaria no han paliado en modo alguno las consecuencias extraordinariamente negativas sobre los derechos de los trabajadores provocados por el mismo, en tanto que se mantienen y acentúan las medidas introducidas, incrementando, de manera desorbitada, el poder empresarial y desequilibrando, aún más, la posición de las partes en el contrato.
Las modificaciones parlamentarias en la regulación de los distintos supuestos de extinción del contrato de trabajo, de escaso alcance, han mantenido su esencia las introducidas por el RDL. En consecuencia, se consolida la pérdida de garantías que tenían los trabajadores frente a las acciones extintivas empresariales y la estabilidad en el empleo y que eran garantía de la base del derecho constitucional al trabajo.
En relación con la nueva figura del contrato de apoyo a emprendedores, la limitación a su utilización hasta que se alcance el 15% de la tasa de desempleo, en modo alguno, soluciona sus problemas de inconstitucionalidad al introducir el despido libre sin compensación económica.
Los cambios operados en la regulación de los convenios colectivos han supuesto un nuevo golpe de gracia al papel que los mismos tienen como regulador y ordenador de las condiciones de trabajo. La limitación de la ultraactividad a un año pone en bandeja, a las empresas y a sus representantes, la posibilidad de bloquear los procesos de renovación, agotando el plazo y dejando caer los convenios colectivos. La preferencia aplicativa del convenio colectivo de empresa sea cual sea el momento de su negociación y el estado de vigencia del convenio sectorial dificultan, aún más, la capacidad para ordenar la vertebración y ordenación de la negociación colectiva.
Por otra parte, en la tramitación en el Senado se ha incorporado una nueva Disposición en materia de Seguridad Social que supone una vuelta atrás en el cálculo de la integración de las lagunas de cotización a la hora de calcular las pensiones y un claro perjuicio para los futuros pensionistas.
La finalización de la tramitación parlamentaria del RD Ley 3/2012 como ley, supone la consumación de la involución de los derechos laborales impuesta por el Gobierno del PP. Las organizaciones sindicales UGT y CCOO, vamos a continuar expresando nuestro rechazo a esta reforma laboral que genera más paro, que suprime derechos y que supone la ruptura del equilibrio en las relaciones laborales, y acentúa el desequilibrio de la relaciones laborales a favor de la parte más débil del contrato.
En este sentido volveremos a dirigirnos de inmediato a la Defensora del Pueblo para solicitarle la promoción de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley aprobada definitivamente en el día de hoy, en base a su compromiso de analizar la argumentación del escrito que ambos sindicatos preparamos contra la regulación de la reforma laboral.
Asimismo, tenemos previsto, entre otras acciones, reiterar las quejas planteadas ante la Organización Internacional del Trabajo y recurrir ante el Tribunal Supremo el desarrollo reglamentario de los preceptos de la nueva Ley, que entendemos incurren en inconstitucionalidad.
No cabe duda de que estamos ante un escenario desfavorable para el conjunto de la clase trabajadora por lo que las organizaciones sindicales nos vemos obligadas a redefinir y orientar nuestras actuaciones a fin de seguir defendiendo y protegiendo los derechos de los trabajadores frente al cada vez mayor poder de los empresarios.