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23 enero 2014

Comunicado original enviado a la prensa en el día de ayer y en nombre del Comité de Empresa

El Comité de Sniace aclara que sólo la empresa puede retirar el juicio del 10 de febrero porque es quien planteó la demanda

El órgano sindical matiza que las reclamaciones individuales de los trabajadores “nada tienen que ver” y sólo ellos pueden anularlas

El comité de empresa de Sniace ha emitido hoy un comunicado en el que aclara que el juicio previsto en la Audiencia Nacional el próximo 10 de febrero sobre los despidos del expediente de regulación de empleo fue planteado por una demanda de la empresa, por lo que sólo ésta “puede retirarlo o anularlo en su calidad de demandante, no los trabajadores ni el comité de empresa, que en este proceso concreto son parte demandada”.

En su comunicado, el comité de empresa de Sniace desea aclarar algunas informaciones difundidas ayer, tras la reunión con el presidente de la compañía Blas Mezquita, en las que “se ha confundido el juicio previsto en la Audiencia Nacional con las reclamaciones judiciales de los trabajadores contra los despidos, que nada tienen que ver y que en todo caso sólo pueden ser retiradas por los propios trabajadores porque se han presentado a título individual”.

Por ello, el comité de empresa de Sniace desmiente que “la empresa nos haya solicitado que los trabajadores renuncien a defenderse en los tribunales de justicia para evitar así una supuesta liquidación” porque “de lo que se está hablando es de otro juicio que fue la propia empresa quien lo demandó”.

“La empresa nos denunció y ahora está preocupada de que podamos ganar el juicio, lo que supondría su liquidación, ya que no tiene capacidad económica para soportar una supuesta indemnización de 45 días por año trabajado; cuestión en la que coincidimos en muchos motivos porque queremos trabajar, unas jubilaciones dignas para los mayores y, fundamentalmente, porque nuestro mayor deseo es que no se liquide la empresa”.

El comité de empresa de Sniace recuerda que “el juicio del día 10 de febrero en la Audiencia Nacional lo planteó la empresa a petición de los administradores concursales para que el tribunal cuantificase si las indemnizaciones a los trabajadores por los despidos eran de 20 ó 45 días, sin tener que esperar así a los juicios promovidos a título individual por los propios trabajadores”, precisa el comité de empresa de Sniace.