Con fecha de ayer se ha producido el auto del Juez de lo Mercantil y la relación laboral de la plantilla con la empresa Sniace, ha sido extinguida el día 10 de junio, por lo que la empresa procederá a dar de baja en la Seguridad Social con efectos a 11 de junio de 2.020.
Este auto es un documento que los trabajadores recibirán por correo electrónico y que conforme lo dispuesto en el art. 208.1 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, acredita la situación de desempleo.
POR TANTO, DESDE HOY JUEVES 11 DE JUNIO LA PLANTILLA DE SNIACE YA ESTA DESPEDIDA.
El cese obedece al procedimiento de despido colectivo, instado el día 30 de marzo del presente año por la Administración concursal del Grupo SNIACE, tras el Auto de Apertura de la Fase de Liquidación, de 6 de marzo de 2020 que, entre otras disposiciones, facultó a la Administración concursal, para llevar a cabo los trámites necesarios con el objetivo de la disolución y liquidación del Grupo empresarial SNIACE.
Dentro del trámite de consultas con la representación social del Grupo empresarial en el procedimiento de despido colectivo, la Administración concursal del Grupo SNIACE, en fecha 19 de mayo de 2020, alcanzó un acuerdo con el Comité de empresa, que fue informado favorablemente por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Cantabria y refrendado por el Auto que acompaña a la presente comunicación y que, en definitiva, extingue su relación laboral con el Grupo SNIACE, con derecho a la percepción de una indemnización equivalente a veinte días de salario por año de servicio al Grupo, con el límite de una anualidad de salario.
La empresa va a proceder ya hoy, a enviar dicho auto por correo a todos los trabajadores, donde figuran los datos de las indemnizaciones de los trabajadores, que por la protección de datos solo aparecerán por su DNI, ya que se ha procedido a borrar los nombres. Así que, para encontraros, tendréis que buscar vuestra fabrica y luego el DNI personal, y podréis comprobar que figura la antigüedad, salario diario y el importe de la indemnización.
Por cierto, hay un error con las antigüedades, si hay un trabajador que su fecha empieza en un día 10, le tendrán que computar un mes más de antigüedad pagar un mes. Así que atentos los que tengáis este caso, para reclamar a la empresa. Se corregirá...
No obstante, los trabajadores que lo soliciten podrá consultar el original, previa petición a la empresa, o pedirlo a través del Juzgado de lo Mercantil de Madrid, conforme a los trámites procesales que dicho Juzgado indique.Por cierto, hay un error con las antigüedades, si hay un trabajador que su fecha empieza en un día 10, le tendrán que computar un mes más de antigüedad pagar un mes. Así que atentos los que tengáis este caso, para reclamar a la empresa. Se corregirá...
Aparte de esto, enviará otro correo incluirá una carta de la empresa, con una explicación sobre lo se va a proceder a pagar ahora mediante la correspondiente transferencia bancaria. Que es “El IMPORTE DE LA INDEMNIZACIÓN, JUNTO CON LA NÓMINA CORRESPONDIENTE AL MES MAYO DE 2020”. Donde aparecen desglosados todos los conceptos retribuidos e indemnizados. Y “faltaría el finiquito”, que engloba los días correspondientes al mes de junio y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Esto último, lo abonara la empresa en los próximos días.
También detalla el procedimiento para la retirada de los efectos personales de la fábrica, dada la actual situación de pandemia ocasionada por el COVID-19.
Solicitud y tramitación del desempleo
Como os comentamos hace unos días, desde hoy se puede tramitar la solicitud de desempleo, por parte de los trabajadores que han sido despedidos ahora. Incluidos los prejubilados que también lo han sido, solo que a estos últimos les corresponde solo, la parte proporcional del paro.
Como nos comentaron desde el SEPE, por la situación del virus dicho trámite habrá que realizarlo a través de la WEB estatal del SEPE, que figura en la captura de pantalla que os ponemos al principio y pinchado en el apartado correspondiente a “PERSONAS”. No obstante, os ponemos un pequeño video que hemos realizado, de cómo proceder a tramitarlo, una vez que entréis en la web del SEPE, apartado personas y acedéis al siguiente formulario.
- No olvidéis el resguardo de la realización de la gestión.
Con dijimos el otro día, os concretamos como lo haremos desde UGT, para los compañeros que no tengan internet o quieran hacerlo con nosotros. Desde el lunes día 15 de junio al jueves día 18 de junio, estaremos en la sede de UGT Torrelavega para hacerlo. En horario de 11 a 13 horas. La documentación que tendréis que llevar es la siguiente:
- DNI del demandante de desempleo
- Nombre del Padre y de la Madre
- El número de la cuenta bancaria donde se quiere ingresar
- Teléfono
- Correo electrónico
- Nombre y DNI de la mujer
- Datos de los hijos/as que conviven o están a su cargo, menores de veintiséis años o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33% o menores en acogida
Para los compañeros eventuales que tengan poco paro o nada de desempleo y que fueron despedidos con anterioridad. Os ponemos una Guia que ha elaborado UGT Andalucía, con todas las prestaciones y subsidios por desempleo, así como las prestaciones sociales existentes hasta el momento, incluyendo información detallada sobre el actual Ingreso Mínimo Vital y todas las ayudas por desempleo que durante esta crisis sanitaria se han puesto en marcha por parte del Gobierno Central.
La mayoría son compatibles en todo el estado…
Nota: Los compañeros que no tienen correo, recibirán una llamada de la empresa para que pasen a recoger la documentación por la fábrica.
Auto de despido de la plantilla de Sniace del Juzgado de lo Mercantil de Madrid
Guia que ha elaborado UGT Andalucía, con todas las prestaciones y subsidios por desempleo, así como las prestaciones sociales existentes hasta el momento.