Para posteriormente Comité registrarlo en la Dirección de Trabajo de Cantabria, gracias a la colaboración de dicho organismo. No procede explicar las dificultades que hemos tenido para tener que ir a Trabajo, pero es perfectamente legal. Nadie “está obligado hacerlo como dice el Comité” y puede emplear alguna de las fórmulas que describimos el artículo del otro día. Pero es evidente que tiene muchas ventajas para los trabajadores afectados, el poder hacerlo como dice el Comité.
PARA ELLO SERÁ NECESARIO QUE EL TRABAJADOR QUE RECLAME, RELLENE SU FORMULARIO Y APORTE LAS FOTOCOPIAS REQUERIDAS POR EL FOGASA. Porque en estos momentos de Covid-19 y de cierre de la fábrica, no tenemos una infraestructura para poder presentar la de todos, sin que el trabajador rellene su formulario. Hay otro tipo de documentación que, de ir en solitario, también la tendría que presentar el afectado, pero de esta manera la aportará el Comité. Además de no correr riesgos y mantener las medidas que se exigen por el Covid-19 y etc.
A continuación, vamos explicar cómo rellenar el formulario, ya veréis que sencillo es y DEBERÉIS IMPRIMIRLE VOSOTROS.
Como veréis arriba de este texto, figura una imagen que corresponde a la primera página del famoso Formulario. A la hora de proceder a complementarlo, se puede observar dos cosas, que ya figuran una serie de datos introducidos en él, “casi todos ellos les deberéis mantener como están”, porque son comunes para todos los reclamantes. Incluido el marcado de las diferentes casillas con (X). Además de esto, VERÉIS DIFERENTES CUADROS DE COLORES QUE ESTÁN EN UNAS ZONAS CONCRETAS, estas son las casillas que hay que rellenar con los datos particulares, que correspondan a cada trabajador.
Empezaremos por la “ZONA AMARILLA”, que son los datos personales del interesado, domicilio, teléfono y etc. Poco hay que explicar para hacerlo, solo consiste en poner vuestros datos.
La siguiente es la “ZONA AZUL”, los datos de la empresa. Los correspondientes al domicilio de la empresa, localidad (Madrid) y piso, que ya figuran incluidos, no los tenéis que modificar, hay que dejarlos como están. En realidad, la zona azul solo afecta a los datos de la empresa, que se corresponda con donde TRABAJABA EL DESPEDIDO EN EL AÑO 2013, esto es lo que hay que revisar y modificar. Veréis que en este caso ya hemos introducido nosotros los datos de la fábrica de VISCOCEL S.L y su NIF: B62334479, por ser una de las que más trabajadores tenía. Así que los afectados de esta fábrica no tendrán que modificar nada.
Pero si, los despedidos que en el año 2013 trabajaban CELLTECH S.L, deberéis borrar el nombre de la fábrica de Viscocel y sustituirlo por CELLTECH S.L con el NIF: B82634197, que es el que le corresponde. Lo mismo tendrán que hacer los de SNIACE S.A, con el nombre y complementar con su NIF: A28013225.
Pasaremos a la “ZONA ROJA”, aquí hay que dejar como está la casilla que figura marcada del (futuro titular de prestaciones) y copiar muy bien vuestro número de cuenta bancaria (IBAN), no hay que hacer más.
Las prestaciones que se solicitan al Fogasa, es la zona “NEGRA”, aquí todos los trabajadores que fueron despedidos tienen que dejar marcadas las dos casillas con una “X”, que es como están.
Salvo los que NO fueron despedidos o se jubilaron por el Contrato de Relevo, después de la reapertura de la fábrica en el año 2016. Que solo tienen pendiente de cobrar salarios (paga extraordinaria). Además, es fácil de comprobar en el certificado emitido por la Administración Concursal, porque no viene reflejada ninguna cantidad en el apartado de INDEMNIZACIÓN y sólo tienen una pequeña cantidad en el apartado de SALARIOS Y SALARIOS DE TRAMITACIÓN. En este caso hay que dejar marcada la casilla de lo que se reclama, que es (Salarios pendientes de pago) y desmarcar la casilla de (Indemnizaciones no abonadas).
La “ZONA VERDE FOSFORITO” corresponde a la fecha del despido de la plantilla, aquí la mayoría deberá dejar la que figura, pero algunos compañeros estuvieron más días en la fábrica realizando diferentes cometidos y su fecha de despido es otra. Así que estos, deberán sustituir la que figuran escrita en el formulario, por la suya.
Además, los “trabajadores que no fueron despedidos y los que se jubilaron por el Contrato de Relevo, tras la reapertura”, DEBERÁN BORRAR LA CASILLA DE LA FECHA DE DESPIDO. No confundir con la correspondiente al (Acta final del periodo de consultas), donde todos los trabajadores tienen que dejar la que está puesta en el Formulario.
Con esto se habrá completado de rellenar la primera página del Formulario y pasaremos a la segunda que simplemente hay que dejar el punto 4.3.2 cómo está rellenado con la fecha 17/10/2013, incluida la casilla de más abajo, donde se da el consentimiento para aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración.
Con esto ya está cumplimentado el formulario, solo queda poner la fecha y que le firméis.
RECORDAR QUE ES NECESARIO QUE LO IMPRIMÁIS VOSOTROS, PARA PODER ENTREGARLE.
El formulario con parte de los datos introducidos, le ponemos a continuación para que lo descargáis. Lo tenéis que hacer así, PORQUE EL BLOG DE UGT NO TE DEJA MODIFICARLO, pero si lo descargáis al ordenador, SI. Para poder descargarle deberéis pinchar en el botón que aparece arriba a la derecha y se os ampliará el PDF del Formulario al completo. Permitiendo la opción de descargar…
Documentación individual y general, a presentar junto al formulario
- Original del certificado emitido por la Administración Concursal.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad DNI.
- Fotocopia de la cara de la cartilla donde aparece el titular de la misma y el número del (IBAN)
- Los que no tienen cartilla porque son usuarios de la “banca online”, justificante emitido por el Banco, donde consten claramente nombre y apellidos, DNI/NIE y todos los dígitos del IBAN.
- Todos los trabajadores que alcanzaron un acuerdo con la empresa en los Juzgados Social de Santander, para el pago mensual de la deuda privilegiada. Tendrán que aportar la fotocopia de la resolución del Juzgado de Santander, donde figura el acuerdo.
Nota: La carta de despido la presentara el Comité.
Solicitud al Fogasa, por parte de los familiares de los compañeros fallecidos
- Es necesario presentar el certificado de defunción del trabajador.
- Si lo conservan, su DNI.
- Escritura de aceptación de la herencia y nombramiento de herederos.
- Documento Nacional de Identidad del heredero o herederos del fallecido.
- Número de cuenta bancaria (IBAN), del heredero o herederos del fallecido.
Es posible que no se tenga alguno de estos documentos, “por lo que tendrían que tramitarles”, para poder presentar la reclamación al Fogasa. Eso llevará un tiempo, pero no hay que preocuparse lo presentaremos cuando se complete. No obstante, el familiar del fallecido que no disponga de la documentación, puede consultar con nosotros si le merece la pena, trayendo el certificado emitido por la Administración Concursal.
Recordar que en los próximos días publicaremos las fechas y los horarios, en los que procederemos a recoger la documentación. Por el Covid-19 y los límites que tenemos desde la Dirección de Trabajo, se procederá a hacer un registro de los asistentes al realizar el trámite.