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10 diciembre 2013

Ultima hora del viaje a Madrid

El juicio en la Audiencia Nacional se ha fijado para el 10 de febrero del 2014, aunque no tenemos la citación todavía.

A la hora de escribir estas líneas, todavía no está claro que vayamos a acudir a Madrid. Mañana miércoles a las 11 horas, el comité acudirá a una reunión con el Director de RR.HH, para tratar de perfilar los últimos aspectos relativos a esta misteriosa reunión en la capital del reino.

Y es que compañeros, teniendo en cuenta los desplantes de la empresa durante las últimas semanas, lo lógico sería no acudir. Si además tenemos en cuenta el extraño sigilo que rodea esta convocatoria, más recelamos. No alcanzamos a entender el tupido velo tejido por la empresa, por el Sr. Gómez de Liaño o por quien sea, que envuelve todo lo relativo a dicha convocatoria. Aunque lo cierto es que no debería sorprendernos, ya tendríamos estar acostumbrados a la falta de trasparencia y la utilización de los trabajadores para unos intereses que no casan con los nuestros.

Por increíble que parezca, todavía no sabemos en qué lugar de Madrid se va celebrar la reunión. Pero no es esto todo: después de las semanas que llevamos esperando reunirnos con la empresa, vuelven a rizar el rizo y se nos descuelgan ahora con que “si vamos” es posible que mantengamos un encuentro. Pero no nos ilusionemos, todavía no está confirmado solo es posible. Y como somos unos ingenuos, nos creemos que se han dado cuenta “antesdeayer” de que nos van a tener a todos en Madrid (juntos pero no revueltos), y se les ha ocurrido esta genialidad. 

Por otra parte continuamos las gestiones con la Administración. En la que mantuvimos con la S. Social con motivo del “Decreto de las Ayudas Extraordinarias a trabajadores afectados por procesos de reestructuración”, desgraciadamente las expectativas no son las inicialmente previstas. Según nos comentó la subdirectora de Gestión Recaudatoria de la Tesorería en Cantabria, Pilar Balda, más la información que hemos recabado de los sindicatos en Madrid, este Decreto no nos afecta. Solo existían dos posibilidades: los artículos 2 y 3. El primero queda descartado y, esperemos que así continúe, mientras no haya sido declarada la insolvencia de la empresa, y sobre el segundo (art. 3) relativo a la reposición, que ya nos han aplicado, tampoco parece que nos vaya a afectar, restando tan solo una pequeña duda: si, dicha reposición, pudiera superar los 180 días que se reconocen como máximo. A este respeto, la directora general de Trabajo, Rosa Castrillo, con quien también lo hemos consultado, se ha comprometido a hacer la consulta a Madrid, aunque cree que se trate más bien de un error de redacción del decreto, ya que lo que ha hecho el Gobierno no es crear nuevas ayudas, sino que ha concentrado las ya existentes, en un único decreto. Con respecto a las jubilaciones pactadas, este decreto lo que hace es reducir la cuantía de las ayudas, limitando la aportación de la Administración a dicho plan. Es decir, solo nos queda cerciorarnos de, si los 180 días continúan vigentes como tope de la reposición, o no. ¿Qué significa esto? Pues que en el improbable caso de que este Decreto elimine ese límite de 180 días, quienes están en desempleo desde enero, además de los seis meses que ya les han repuesto, deberían reponerles además los otros tres.

Con respecto a los compañeros prejubilados por contrato de relevo, la información que tenemos, indica que algunos de los fallos detectados sobre la cuantía del desempleo, pueden ser debidos a un error en la información con la que trabaja la Seguridad Social. Ya lo explicaremos más detenidamente en una asamblea que convocaremos próximamente para los mayores de 55 años.
Como estamos seguros de que tras la lectura de este último párrafo, habrá algún impaciente al que le surjan dudas y no pueda esperar, que se acerque al desempleo y solicite sus datos sobre el paro real que le queda.