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28 junio 2016

Hoy se ha producido la ratificación del Acuerdo Transaccional

Como sabéis hoy estábamos citados, la representación sindical y la de la empresa en el Tribunal Supremo, para la ratificación del acuerdo laboral, que es el origen del Acuerdo transaccional sobre el que tiene que fallar el Tribunal Supremo.

El resultado, aunque los de siempre y como siempre, insistan en mezclar churras con merinas, es que hoy se ha ratificado el acuerdo, tanto por el Comité de Empresa, como por la Empresa. Los iluminados, por mucho que se esfuercen en explicar lo contrario, en la práctica TAMBIEN, ya que aducen que: “no han suscrito dicho Acuerdo y aunque no se oponen al mismo no ratifican su contenido”. A partir de aquí, como siempre, a padecer la ceremonia de la confusión y el despropósito…

Ya que los de USO introducen el concepto del litigio que, ellos, tienen en el Juzgado de lo Mercantil de Madrid, que como muy bien dicen, ni siquiera se lo ha resuelto todavía el Juez, pues añadiremos que esto lo dice todo. No obstante, en nuestra opinión, hoy estábamos citados para otra cosa en Madrid, esto no es competencia del Tribunal Supremo, es un asunto que corresponde a otra Instancia, por eso decimos que USO ha vuelto a mezclar churras con merinas.
Pero no seamos ingenuos, no lo hacen por casualidad, sino que responsabilizan de ello al Comité de Empresa, circunstancia que desde luego rechazamos y a la que somos, desde todo punto de vista, ajenos. Es más, todo el mundo sabe que cuando en febrero del 2015 se produjeron las adhesiones a los pagos dentro del Concurso Mercantil, los trabajadores que representa el Comité de Empresa, fuimos en otra modalidad diferente de pagos, que era la del crédito participativo, para la deuda ordinaria. Ellos dieron por hecho que toda la deuda era privilegiada y para la ordinaria, que en la práctica no existía para ellos, aceptaron perdonar el 50% por cierto de la misma.

En cualquier caso, el acuerdo recoge perfectamente cómo se cobrará: la privilegiada en 5 años y en función de las cantidades reconocidas por los Administradores Concursales. Insistimos: esto es lo que está fijado en la actualidad por parte de los Administradores, nosotros cobramos la parte reconocida en 5 años y el resto, quien lo tenga, va al crédito participativo, sin perder un duro. Aunque se tarde algo más en cobrar.
Ellos, sus representados, de seguir las cosas como están desde hace dos años, lógicamente dejarían de percibir esa parte que perdonaron. Por tanto, no pueden responsabilizarnos a los demás de la vía que escogieron ellos hace tiempo, más cuando estamos en el Tribunal Supremo para otras cosas. Dónde han estado durante este tiempo…

Como todos sabéis y pese a que algunos se esfuercen en llamarnos mentirosos, no estamos ante algo nuevo, que surge con motivo de la firma del acuerdo. Todo esto de las formas de pago, se debatió hace muchos meses con los trabajadores que representamos. Y no vamos a insistir en el tema ni un minuto más, para alimentar y generar todo tipo de dudas sobre las formas de pagos o si se va a cobrar, para que luego la prensa amiga se encargue de reproducirlas. Para salir de dudas y tenerlo perfectamente claro no hay más que leer el acuerdo firmado y publicado en esta web.

Concluimos con dos cosas: se espera que esto vaya al pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo, para la reunión del próximo 6 de Julio. La sentencia definitiva se produciría entonces y esperamos, a la vista de lo sucedido en el día de hoy, que sea favorable a los intereses de los trabajadores y la puesta en marcha de comienzo.

Reproducimos el texto del acta de ratificación en el Tribunal Supremo, disculpar la calidad ya que nos la han remitido por teléfono.