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11 julio 2016

El Tribunal Supremo homologa el acuerdo laboral de Sniace

La sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha procedido a homologar el acuerdo colectivo que se alcanzó en junio, entre empresa y comité. Como podéis comprobar, os reproducimos la sentencia, eso sí, sin los nombres de los trabajadores por aquello de la protección de datos. 

TEXTO DEL FALLO: Se homologa a todos los efectos el acuerdo transaccional al que llegaron en fecha 3-junio- 2016 y ratificaron en fecha 28- junio-2016 las partes legitimadas que intervinieron en este proceso, por una parte el Letrado Don Juan Luis Cortés Gabaudan, en nombre y representación de la Comisión negociadora y del Comité de Empresa Don Antonio Pérez Portilla, Don José Francisco Gómez García, Don Felipe Becerra Cabezas, Don Mario Villar Señas, Don Fernando Señas Echevarría y Don Luís Corrales Gutiérrez, así como por el Letrado Don Alberto Novoa Mendoza, en nombre de las empresas “SNIACE, S.A.”, “CELLTECH, S.L.” y “VISCOCEL, S.L.”, así como Don Pedro Juan Vilella Xanpeny y la Procuradora Doña Isabel Campillo García en representación de la Administración concursal de la citadas sociedades, que figura trascrito en el Hecho Tercero de la presente resolución como parte integrante del presente auto.
Se pone fin al litigio, sustituyendo este Auto el contenido de lo resuelto en la sentencia de instancia (SAN 9-julio-2014 -autos 463/2013) dictada en el proceso de despido colectivo y constituyendo este Auto el nuevo título ejecutivo; asumiendo cada parte las costas causadas a su instancia. 

Notifíquese también esta resolución al Fondo de Garantía Salarial. 

Sentencia T.S sobre el acuerdo laboral de Sniace 



Comunicación de Sniace a la CNMV sobre la sentencia del Tribunal Supremo