24 septiembre 2018

A vueltas con el pago de la Antigüedad y otros recortes…


En el último escrito decíamos que la arrancada nos estaba costando muchísimo sacrificio a los trabajadores, por la actitud depredadora de la Dirección de la empresa sobre los derechos de los trabajadores. Cuando el proyecto industrial ya da trabajo a más de 500 trabajadores, entre directos y indirectos.  Por eso hoy vamos a explicar cómo están alguno de esos asuntos por los cuales nosotros decimos que la empresa tiene la mencionada actitud…

Empezamos por el pago del concepto que antes conocíamos como antigüedad y para ello nos vais a permitir que hagamos una pequeña introducción de dónde viene su regulación. Para que se pueda entender mejor por parte de los afectados, así como por los que nos siguen y que no son trabajadores de Sniace. Aunque por operatividad pasaremos de mencionar los antecedentes históricos, aunque también son muy peculiares…

El primer lugar de referencia al que hay que remitirse es el Convenio de la Industria Textil, que en cuanto a la antigüedad dice:” Los aumentos retributivos consiste en cinco quinquenios del 3 por 100 del salario para actividad normal, para todos los grupos de personal y se calcularán con independencia de los cambios de grupo profesional”. Es decir, cuando haces 3 años trabajando en la empresa te aplican un 3%, a los 6 años el 6% y así sucesivamente hasta llegar 15%, que es el tope del mencionado concepto. La regulación del salario para actividad normal, que se menciona con anterioridad, se encuentra en el en el artículo 21 del Convenio Colectivo vigente en la Empresa en el año 2012 (BOC nº 23 de 4 de febrero de 2013). Eso sí, tened en cuenta que figura sin aplicar el tanto por ciento de la bajada salarial. Cuando se alcanzó el segundo Acuerdo Laboral para la reapertura de la fábrica, a diferencia del primero de Burgos, contemplaba como definitivos los despidos de la plantilla. El sobrecoste económico de todo lo relativo a la arrancada se había disparado, por la desviación del tiempo pasado para la reapertura.

La empresa en la fase final de la negociación del mencionado acuerdo, pretendió que se perdiera ese dinero y por tanto que se acumulara a la rebaja de salarios del 20% de la dirección, 17´5% para los mandos intermedios y el 15 % que afecto al resto de la plantilla. Como se puede comprobar por la regulación de la antigüedad, el que la empresa lo pretendiera quitar, no afectaba a toda la plantilla por igual y a los nuevos de entonces, tampoco.
Pero complicó mucho el acuerdo final y para nosotros era clave que los trabajadores no perdieran este dinero. Ya que en algunos casos donde los trabajadores estaban ya topados en el tanto por ciento a percibir, “la cantidad que la empresa pretendía sustraer, llegaba a superar los 70 euros”. Lo que suponía añadir casi un 5% más de bajada a los salarios, cuando se percibía la cantidad mayor.
Al final se alcanzó el acuerdo y se regularon los pagos del concepto, de la manera siguiente: “Durante los años 2016 y 2017 se abonará en una única paga de devengo anual que se hará efectiva con el pago de la nómina del mes de diciembre. A partir del mes de enero de 2018 la percibirán del mismo modo al que lo percibían en el momento en que fueron despedidos”. Como se puede comprobar tenían que pagar la cantidad anual de 2016 y 2017 a los trabajadores, por el tiempo que estuvieron en esas fechas en activo, en la nómina de diciembre del 2017. Y a partir de este año, la que correspondía mensualmente. Pero llegado el momento del primer pago la empresa no lo realizo.

En las reuniones que tuvimos de seguimiento del Acuerdo, la empresa siempre dijo que en cuanto tendría el dinero de la aplicación de capital, procedería a su abono. Pese a estas palabras del Sr. Mezquita, y por si se las llevaba el viento, se procedió a denunciarlo a los Tribunales, a principios de este año. Junto a otros temas en litigio, como son las categorías, la entrega a los trabajadores del boletín de retribución, donde figuran los conceptos que integran la nómina de cada trabajador y etc.

Y es a partir de aquí donde empieza lo más esperpéntico de esta situación y que está muy cerca de la tradición española de la serranía. Ya que en el paso previo del Orecla en marzo de este año, antes de acudir a los Tribunales, no se alcanzó ningún acuerdo. La empresa nos seguía remitiendo a que se cumpliría una vez que se completara la ampliación.

Pero a escasas dos semanas de las Elecciones Sindicales en Sniace, se celebró el primer juicio de los conflictos colectivos que habíamos presentado y ahí cambió todo. Ya que, en el tribunal, el representante de la empresa, el innombrable Sr. Novoa, utilizo una argucia que podrá ser todo lo legal que él quiera. Pero que a todas luces era rastrera, inmoral, además de poco ética, “ya adujeron que el Comité de Empresa no estaba legitimado para presentar ningún Conflicto Colectivo, por no haber hecho las nuevas elecciones sindicales”. Decíamos que esto nos “parecía inmoral y poco ético”, porque hasta la fecha se habían reunido en numerosas ocasiones, con el Comité que ahora no conocían, incluido el Sr. Mezquita. La cosa no quedo en esto sólo, ya que el mencionado juicio, el Director de RR.HH hizo otra de las suyas, cuando fue preguntado por el Juez: “Con quienes se había reunido para alcanzar los acuerdos”. Respondió si pestañear lo más minino: “Que no recordaba con que integrantes de los sindicatos se había reunido para alcanzar los acuerdos”. Ahora entenderéis porque antes decíamos que no nos conocían… Pese a que, entre los acuerdos alcanzados, se encontraban el calendario laboral, la jornada, lo relativo a la arrancada de Viscocel, por citar sólo algunos.
Por el contrario, el Director de RR.HH, si parecía tener toda la memoria activa, cuando si recordaba otra pregunta: “Que los representantes de los trabajadores no gastaban horas sindicales”. Lo que al final acabaría siendo determinante e inclinó la balanza para que el Juez les diera la razón en esta treta. Aunque mediante una aclaración recomendaba en la misma sentencia, que lo volviéramos a presentar de nuevo. Nunca en la actividad sindical, pudimos imaginarnos que nos acabarían echando para atrás en un juicio, por no gastar horas sindicales en la empresa. Lo que venía a demostrar que el Juez aplicaba la interpretación de ley que solicitó la empresa, pero la artimaña y mentira, se había detectado. Así que tuvimos que suspender los juicios que venían a continuación, entre los que se encontraba este de la antigüedad.  Por otra parte, y como decíamos con anterioridad, las elecciones estaban apenas a dos semanas, así que una vez ya celebradas, iniciamos los trámites de nuevo. Teniendo además el dato que una vez pasada la ampliación de capital, la empresa continuaba sin pagar, pese haberse completado con éxito.

El pasado 6 de agosto nos vimos por segunda vez en el Orecla, para este tema y el resto. En esta ocasión la empresa a través del Director de RR.HH, cambió el discurso, ahorrándonos la cantinela de la ampliación. Ya que nos hizo dos propuestas nuevas, la primera fue automáticamente rechazada y la segunda ya género que hiciéramos una serie de preguntas para su clarificación y posible aceptación por nuestra parte. Y más o menos consistía: “En que en la nómina a abonar en el mes de septiembre se pagaba toda la deuda correspondiente a los años 2016 y 2017. En la correspondiente a octubre, se empezaría a cobrar todos los meses la cantidad mensual. Y nos quedarían pendiente los atrasos de los 9 meses trascurridos del 2018. Para lo que la empresa proponía pagarlo en tres plazos, siendo el último en el mes de diciembre de este año”. Con los antecedentes que tenemos de los incumplimientos de los acuerdos alcanzados en el Orecla con la empresa, esta propuesta suscitaba muchas dudas, en cuanto a su cumplimiento real. Además de que una vez completada la ampliación de capital, que nos pagaran en tres plazos lo correspondiente a los 9 meses del 2018. Nos parecía faltar a la dignidad del sacrificio de los trabajadores y no lo aceptábamos, por tanto no se firmó por los sindicatos. No obstante, y pese a no alcanzarse el acuerdo, la empresa a través del Director de RR. HH, dijo que ellos se lo aplicarían directamente a los trabajadores.

El resultado como veréis, es que nuestros temores se cumplieron, de momento no pagaron y hasta la fecha la empresa no nos ha dado ninguna explicación de cuando lo podrían hacer. Por eso continuamos con los juicios y una vez pasado el periodo estival de las vacaciones en los juzgados, estamos esperando que nos señalen fecha.

Para concluir con esto de la antigüedad, vamos hacer una pequeña cuenta de la lechera, ante las dificultades de saber el costo real, porque la empresa no le facilitó. Y que de esta manera se entienda mejor lo cicateros que son y que nos quedamos muy cortos con los calificativos que empleamos. Y es que no estamos hablando de un coste global para la empresa que no es muy elevado, más bien todo lo contrario. Pero si es muy importante para los trabajadores afectados, después de sufrir los recortes de la congelación salarial. 
Y es que si tenemos en cuenta que no creemos que lleguen a 200 los trabajadores, que generan el derecho a cobrar alguna cantidad. Ya que los no despedidos o jubilados no cuentan, que no todo el mundo se reincorporó en 2016, que una parte importante de la plantilla de Viscocel lo hizo a finales del 2017. Que la media entre la cantidad más alta y la inferior, será inferior a 30 euros.  No creemos que el total de estos años, supere los 60.000 euros.

Así que, visto los acontecimientos, nos parece a nosotros que esto no es una buena fotografía que se pueda adjuntar a ese cambio de imagen que pretende dar la Consejera de Sniace, Sra. Gema Díaz Real. Y encima tenemos que aguantar que algún impresentable de la empresa, nos digan que somos unos impacientes y poco realistas, por querer cobrar ya, después de tantos meses de espera.

Como decíamos al principio hay otros recortes, pese a que algunos digan que son cosas de los sindicatos y nadie les de importancia. Ya que se tiene tendencia a pensar que a mí no me acabará perjudicando, pero la realidad no es así de simple y al final de una manera o de otra, siempre nos acaba afectando. Y es que los cambios impuestos por la empresa, tocaron también a los derechos sindicales que teníamos desde hace más de 30 años en Sniace y no habrá liberación directa del Secretario del Comité, a cargo de las horas de la empresa.
Así que para minimizar esto, desde UGT hemos presentado varias propuestas a lo largo de estos meses, que han sido rechazadas una tras otra. Pese a estas circunstancias adversas, todavía hemos hecho un último intento, con una que estaría basada en la acumulación de horas, de la bolsa correspondiente a los integrantes de la Sección Sindical de UGT. Por tanto, los compañeros de UGT, tendrán menos horas sindicales y no el resto, que no les afectaría.
Se reduce también los integrantes que teníamos concedidos en las secciones sindicales, por encima de los criterios de la Ley de Libertad Sindical. Tampoco tendremos la particularidad de tener abogado propio del Comité, para las reclamaciones colectivas y asesoramiento. Por tanto, se pasará a depender de la infraestructura de los sindicatos y su abogado, en función de la afiliación del trabajador. No es el momento de desarrollar esto más, hasta ver si se aprueba definitivamente. Pero si decir que estos meses ha sido muy difícil desarrollar la actividad sindical y esto se le une los retrasos ocasionados por todo esto, que no siempre han sido comprendidos por los compañeros. Lo dijimos cuando arrancamos y lo volvemos a decir ahora, a la empresa se la tendrá que pelear todo en el futuro y será complicado.

Vamos a concluir el tema de los recortes con una de las frases favoritas de anterior Director de RR.HH y que quizás la tendríamos que haber usado como titular de este escrito. Ya que visto lo visto, viene como anillo al dedo por la actitud de la empresa: “Lo que os diga hoy, igual no vale para mañana”.