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11 julio 2016

El Tribunal Supremo homologa el acuerdo laboral de Sniace

La sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha procedido a homologar el acuerdo colectivo que se alcanzó en junio, entre empresa y comité. Como podéis comprobar, os reproducimos la sentencia, eso sí, sin los nombres de los trabajadores por aquello de la protección de datos. 

TEXTO DEL FALLO: Se homologa a todos los efectos el acuerdo transaccional al que llegaron en fecha 3-junio- 2016 y ratificaron en fecha 28- junio-2016 las partes legitimadas que intervinieron en este proceso, por una parte el Letrado Don Juan Luis Cortés Gabaudan, en nombre y representación de la Comisión negociadora y del Comité de Empresa Don Antonio Pérez Portilla, Don José Francisco Gómez García, Don Felipe Becerra Cabezas, Don Mario Villar Señas, Don Fernando Señas Echevarría y Don Luís Corrales Gutiérrez, así como por el Letrado Don Alberto Novoa Mendoza, en nombre de las empresas “SNIACE, S.A.”, “CELLTECH, S.L.” y “VISCOCEL, S.L.”, así como Don Pedro Juan Vilella Xanpeny y la Procuradora Doña Isabel Campillo García en representación de la Administración concursal de la citadas sociedades, que figura trascrito en el Hecho Tercero de la presente resolución como parte integrante del presente auto.
Se pone fin al litigio, sustituyendo este Auto el contenido de lo resuelto en la sentencia de instancia (SAN 9-julio-2014 -autos 463/2013) dictada en el proceso de despido colectivo y constituyendo este Auto el nuevo título ejecutivo; asumiendo cada parte las costas causadas a su instancia. 

Notifíquese también esta resolución al Fondo de Garantía Salarial. 

Sentencia T.S sobre el acuerdo laboral de Sniace 



Comunicación de Sniace a la CNMV sobre la sentencia del Tribunal Supremo



28 junio 2016

Hoy se ha producido la ratificación del Acuerdo Transaccional

Como sabéis hoy estábamos citados, la representación sindical y la de la empresa en el Tribunal Supremo, para la ratificación del acuerdo laboral, que es el origen del Acuerdo transaccional sobre el que tiene que fallar el Tribunal Supremo.

El resultado, aunque los de siempre y como siempre, insistan en mezclar churras con merinas, es que hoy se ha ratificado el acuerdo, tanto por el Comité de Empresa, como por la Empresa. Los iluminados, por mucho que se esfuercen en explicar lo contrario, en la práctica TAMBIEN, ya que aducen que: “no han suscrito dicho Acuerdo y aunque no se oponen al mismo no ratifican su contenido”. A partir de aquí, como siempre, a padecer la ceremonia de la confusión y el despropósito…

09 junio 2016

La única mala fe es la de USO Sniace

Todo lo sucedido durante estos tres años y medio lo hemos descrito en más de una ocasión como un calvario. Pero no es nada, comparado con tener que desmentir constantemente, la cantidad de manipulaciones y mentiras que vierte este Iluminado. La negociación del acuerdo no iba ser menos, el portavoz de USO Sniace, vuelve a superase una vez más. Dime de lo que presumes y te diré de lo que careces, es lo mínimo que se le puede decir, cuando se atreve a calificar “de mala fe negociadora de la empresa y sus colaboradores necesarios”. Toda la mala fe la puso él. Después de no aportar, escenificó una disculpa, para salir de allí cuanto antes, ante lo que el presumía como un DESASTRE.

22 octubre 2015

El Comité no pretende un mayor retraso ante el Tribunal Supremo

Decíamos hace unos días que estábamos asistiendo a un debate absurdo sobre el supuesto retraso. Aunque pasados los días, habría que hacer una matización. En realidad el mencionado debate solo ha existido por nuestra parte. Porque en líneas generales la intención del Comité ha sido tergiversada, por los de siempre y solo ha quedado “que con nuestra posición lo queríamos retrasar aún más”. Si a esto le añadimos que este medio de comunicación, a través de su subdirector, claramente pedía el pasado domingo, que Sniace no abra, pues tenemos un buen panorama, que ha llevado a muchos compañeros a plantearse dudas, de porqué el Comité planteaba lo que planteaba, de cara al camino que nos quedaba por recorrer.

15 octubre 2015

El Comité presenta los textos alternativos al de la empresa

Este miércoles, estando en la fábrica tratando de solucionar los problemas de unos compañeros que se ven afectados por el retraso, la empresa nos ha comunicado que va a solicitar el “aplazamiento por dos meses al Tribunal Supremo”. El texto le ha redactado la empresa y nosotros nos teníamos que adherir. El comité estaba de acuerdo con presentar un escrito al Tribunal, a expensas de las correcciones que aportaríamos, ya que de momento, ni el aplazamiento esta concedido, ni el Comité estaba de acuerdo con el texto y por ello hemos pedido que se modifique la redacción que hacen para la firma de la nueva petición. El texto presentado por la empresa dice lo siguiente:

25 septiembre 2015

Nueve meses para levantar el concurso…


El Comité retoma las movilizaciones

Por fin concluyó la tortura del levantamiento del Concurso. Aunque todos nos hemos mostrado bastante escépticos, a la hora de conocer la noticia de que por fin tenemos la sentencia por parte del Juzgado, del tan deseado levantamiento del Concurso de Acreedores de Sniace. Seguro que más de algún compañero se estará pellizcando, a ver si está despierto o soñando.

No ha sido una espera agradable para los trabajadores de Sniace. Después de casi tres años de pelea por reabrir la fábrica, sin entender lentitud de la burocracia (por no decir otra cosa) del juzgado de lo mercantil. La cosa no es para pensar de otra manera, ya que allá por diciembre del 2014, lo focalizábamos en todos los pasos necesarios para la celebración de la Junta de Acreedores, después de tantos meses de trámites y gestiones, que supusieron otra larga espera, para conocer el plan de viabilidad.

20 julio 2015

Concedido el aplazamiento en el Tribunal Supremo

Como ya sabéis, habíamos solicitado al Tribunal Supremo un aplazamiento, y hoy hemos recibido una  comunicación, según la cual, dicho tribunal ha tenido a bien concedernos el aplazamiento solicitado, a la vista del escrito que presentamos el pasado 13 de julio y que reproducimos continuación: