Ambos sindicatos pedirán a la sala de lo Social del Tribunal Supremo que interponga cuestión de inconstitucionalidad contra el mismo por violación de los Art. 14 y 28 de la Constitución española e, igualmente, se dirigirán a la Defensora del Pueblo para que presente ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad.

Además, y cediendo a las presiones de grupos de empresas multinacionales, introduce una importante modificación en el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (RD 1483/2012), con un claro perjuicio para los trabajadores de las empresas domiciliadas en España pertenecientes a grupos multinacionales, suprime la obligación de entregar a la representación de los trabajadores y a la autoridad laboral la documentación que afecta a todas las empresas, sea cual sea el domicilio de la empresa dominante. A partir de ahora, gracias a ésta última reforma laboral que aprueba el RDL, no habrá tal obligación cuando la sociedad dominante no tenga su domicilio en España, lo que, a juicio de UGT y CCOO, esta previsión incurre en serias dudas de constitucionalidad al establecer un diferente trato ante la ley, lo que está expresamente prohibido por el Art. 14 de nuestra Constitución.
Por otra parte, el RDL, modifica las previsiones legales clásicas sobre el nombramiento de las comisiones negociadoras en representación de los trabajadores, sustituyendo el criterio de la representatividad sindical por el del número de trabajadores de los centros afectados, lo que puede conllevar que los representantes no sindicalizados desplacen a los sindicales en la negociación de las medidas de flexibilidad tanto internas como externas, con posible violación del derecho de libertad sindical (Art. 28.1 de la Constitución)
Por todo ello, CCOO y UGT pedirán a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, con ocasión de la formalización de la demanda que se está preparando en la actualidad por ambas organizaciones contra Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (RD 1483/2012), modificado por el mencionado RDL 11/2013, que interponga una cuestión de inconstitucionalidad contra el mismo por violación de los Art. 14 y 28 de la Constitución española.
Igualmente, UGT y CCOO se dirigirán a la Defensora del Pueblo para que presente ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra el RDL basado en las causas antes referidas.