En el día de hoy y con fecha de 28 de julio, hemos recibido a través del abogado del Comité, D. Juan Cortes, la diligencia que estábamos esperando. En ella se nos comunica la fecha límite de presentación del recurso de casación, que hace semanas habíamos anunciado en el escrito que entonces remitimos a la Audiencia Nacional.
Se habían barajado diversas posibilidades sobre hasta dónde podríamos llegar con las fechas que se barajaban, una vez que se recibiera esta comunicación. Las hipótesis más optimista, que apuntaban la posibilidad de que el plazo se alargara varias semanas, e incluso algún mes más, no se han visto confirmadas. La Audiencia ha contemplado “para todos los recurrentes” un único plazo de 15 días, que empieza a contar a partir del recibo de la diligencia, que como hemos ya hemos dicho, se ha producido en el día de hoy. Esto fija como fecha límite, el 24 DE SEPTIEMBRE.
Como es de sobra conocido, se han presentado dos recursos: el del comité y el de “los otros”. En este sentido recordar lo que decía la sentencia que ahora tendríamos que recurrir, en lo referente a la representación de los trabajadores, además de lo que se dice ahora en la diligencia:
- Tener por preparado el recurso de casación.
- Poner los autos a disposición del letrado designado por los recurrentes, para que se hagan cargo de ellos e interpongan el recurso en los QUINCE DíAS siguientes al de la notificación de la presente. Este plazo correrá cualquiera que sea el momento en que recoja los autos puestos a su disposición. De no efectuarlo así, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso según lo dispuesto en el art. 210.3 de la L.R.J.S.
- Requerir a dicho letrado colegiado para que en su escrito de formalización señale un domicilio a efectos de notificaciones con los efectos del art. 53.2 L.R.J.S., y presente de dicho escrito tantas copias como partes.
Tenemos un problema: seguimos sin haber firmado un acuerdo. Y por decirlo de esta forma, además tenemos una recomendación de la Audiencia Nacional, que insiste en que el Comité es un órgano colegiado. Uno solo.
Debería reunirse el Comité de Empresa y tomar una decisión. Porque ese comité que nunca ha renunciado a su función de defensa de los trabajadores, continuará insistiendo en que sus representantes son sus servicios jurídicos, los del Comité de Empresa.
A la vista de estas situaciónes, habíamos planteado a la empresa la necesidad de celebrar una reunión lo antes posible. A última hora de la tarde, nos han confirmado que se celebrará, y como siempre, cuanto más lejos mejor. En esta ocasión será en Madrid, el próximo jueves día 11 a las 16:30, en el Hotel Chamartín.
A la vuelta, que será muy tarde, celebraremos asamblea en la fábrica.