03 julio 2017

Seguimos aclarando dudas…

En la medida que se va acercando la fecha para cobrar la paga de julio, con cierta frecuencia encontramos compañeros que nos manifiestan sus dudas sobre sí tienen derecho o no, a cobrar la mencionada paga en su totalidad o la parte proporcional a los meses trabajados. En función de cómo computan los periodos de trabajo sobre las pagas, para tener derecho a percibirla completa.

Y sobre la pérdida de descansos suplementarios (parrillas) cuando hemos estado de baja de enfermedad o accidente.

En cuanto a lo primero, en Sniace para cobrar integra la paga extra de julio, es necesario haber estado trabajando desde el 16 de julio del año anterior, hasta el 15 de julio de este año, en el que corresponde cobrar por primera vez la mencionada paga. Lo mismo ocurre con la de diciembre, solo que en está el periodo computable es del 16 de diciembre del año anterior y el 15 diciembre del presente. Por eso el pasado año no correspondía su cobro completo.
Esperamos que esto os sirva de aclaración y como veréis muy pocos compañeros la cobraran en su totalidad y la mayoría la percibirá proporcionalmente a la fecha en la que se reincorporo a trabajar.

En cuanto a la Tabla para determinar la pérdida de parrillas para el 2017 en Sniace, la tenéis colgada en el Blog de UGT Sniace, en el apartado de legislación.